CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN 
ARGENTINA
CAPITULO CUARTO: 
Atribuciones del Congreso
Artículo 75
Corresponde al 
Congreso:
19.- ... Sancionar leyes de 
organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional 
respetando las particularidades provinciales y locales: que aseguren la 
responsabilidad indelegable del Estado, la 
participación de la familia y la sociedad, la promoción de los 
valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades sin 
discriminación alguna; y que garanticen los principios de gratuidad y equidad de 
la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de las universidades 
nacionales....