CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN
ARGENTINA
CAPITULO CUARTO:
Atribuciones del Congreso
Artículo 75
Corresponde al
Congreso:
19.- ... Sancionar leyes de
organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional
respetando las particularidades provinciales y locales: que aseguren la
responsabilidad indelegable del Estado, la
participación de la familia y la sociedad, la promoción de los
valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades sin
discriminación alguna; y que garanticen los principios de gratuidad y equidad de
la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de las universidades
nacionales....