NOTIVIDA, Año III, nº 168, 10 de
septiembre de 2003
Buenos Aires, Cámara de
Diputados de la Nación Se han presentado en la Cámara de Diputados de la Nación, varios proyectos de ley penalizando el “aborto farmacológico”, es decir, el aborto producido por medios químicos o mecánicos (DIU), en los primeros días de la concepción del nuevo ser humano. La diputados
nacionales Fernanda Ferrero (Recrear, Ciudad de Buenos Aires)
y Antonio Ubaldo
Rattin y Miguel Jobé (Unión Federalista, Pcia. de Bs. As.),
presentaron el proyecto que reforma el art. 88 del Código
Penal incorporando al aborto farmacológico entre los delitos
contra la vida de las personas por nacer. (Exp.
3956-D-03). Por su parte los diputados nacionales Roberto Lix Klett y Ricardo Bussi (FR, Tucumán), proponen la reforma del art. 86 del Código Penal incorporando el art. 86 bis sobre el delito de aborto farmacológico, (Exp. 3879-D-03). El diputado
Carlos Alberto Castellani (UCeDe,Sta.Fe) también impulsa la
reforma del Código Penal incorporando, para penalizar el
aborto inducido por fármacos, el art. 85 bis, (Exp.
4260-D-2003). Todos los proyectos contemplan penas agravadas para los que fabricaren, distribuyeren, comercializaren, prescribieren o vendieren especialidades medicinales con efectos abortivos o antiimplantatorios y/o cooperaren de algún modo en esos hechos. La pena de los directores técnicos farmacéuticos o bioquímicos intervinientes será agravada en un tercio. Cuando el autor o partícipe fuere funcionario público, además de la inhabilitación de matrícula profesional prevista, será inhabilitado de manera permanente para el ejercicio de cargos públicos. Al fundamentar
los proyectos los legisladores mencionan dos antecedentes
jurídicos vinculados a la denominada “píldora del día después”
y la comercialización de especialidades médicas de efectos
abortivos: “uno de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
que ha prohibido la fabricación, distribución y venta del
fármaco IMEDIAT de Laboratorios Gador, y otro de la Corte
Suprema de Chile que también prohibió la fabricación,
distribución y venta del fármaco ‘Postinal’”. Remarcando que
ambos fármacos estaban elaborados sobre la base de la misma
droga, el ‘Levonorgestrel’. Señalan también
que después que la C.S.J.N. prohibió la fabricación,
distribución y venta de la “píldora del día después” IMEDIAT;
laboratorios GADOR S.A., reemplazó el producto por el IMEDIAT
N, cuya ingesta produce la “anticoncepción de emergencia”,
-según refiere la página de Internet del laboratorio- y cuya
droga –dicen- es levonorgestrel 0,75 mg., uno de los
componentes que tenía el IMEDIAT. “Para que no existan dudas
en el consumidor, ni tampoco en los profesionales médicos que
prescriben este tipo de medicación abortiva –manifiestan los
legisladores-, sólo le agregaron al nombre comercial prohibido
una letra, N”. Esto -afirma Ferrero- "es una virtual burla
a la justicia". Explican que el
nuevo fármaco “causa una fase lútea ausente o inadecuada con
desincronización en la maduración del endometrio. Significa
que podrá deshacerse del embrión humano, antes de que logre
afirmarse al endometrio, porque estas pastillas lo desprenden
a modo de menstruación y/o hemorragia, y finalmente el ser
humano no encuentra el hábitat ideal para cumplir su ciclo de
crecimiento hasta el momento del parto, y de esa forma
muere”. Mencionan
también que estos productos y otros de características
similares, “no actúan de manera inocua” y que existen
registros hospitalarios con casos de mujeres atendidas por
complicaciones. De allí que adviertan que “hay un doble
atentado contra la vida humana: contra el por nacer y contra
su madre”. Instan “a
cubrir el vacío legal, que no prevé la incriminación de
conductas criminales como las descriptas”, reafirmando la
supremacía del derecho a la vida, sin el cual “otros derechos
humanos, no tendrían razón de ser” y destacando que la vida
debe ser respetada “desde su inicio, es decir, desde la
fecundación”. “Por eso
–dirán finalmente- resulta necesario, para despejar toda duda
acerca de la ilicitud de conductas que hoy día se están
poniendo en práctica, describir y tipificar nuevos tipos
penales, como el que proponemos, que incrimina la destrucción
de vidas humanas por nacer, al amparo de especialidades
medicinales”. Otros proyectosSumándose
a la reacción parlamentaria que han suscitado recientes
ataques a la vida y la familia (Vid. Notivida 149, 154,
159, 161), el diputado nacional Carlos Alberto Castellani,
presentó, además, los siguientes proyectos de
resolución: 4083-D-2003,
29/8/03: Pedido de informes al Poder Ejecutivo sobre fármacos
anticonceptivos que circulan con prospecto adulterado.
4102-D-2003,
1/9/03: Expresión de contrariedad y preocupación por la firma
del decreto 1282/03, sobre reglamentación de la ley 25.673, de
Salud sexual y procreación responsable. 4103-D-2003,
1/9/03: Expresión de preocupación por la sanción de la ley
provincial nº 2431 de la provincia del Neuquén, que incluye la
esterilización definitiva entre los métodos anticonceptivos
autorizados.
4104-D-2003,
1/9/03: Pedido de informes al Poder Ejecutivo sobre la especialidad medicinal
Imediat N,
de laboratorios Gador S.A., que contiene la droga
levonorgestrel 0,75 mg. FIN __________________________________________________ NOTIVIDA,
Año III, nº 168, 10 de
septiembre de 2003 Editores:
Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río Página
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