NOTIVIDA, Año III, nº 168, 10 de septiembre de 2003

Buenos Aires, Cámara de Diputados de la Nación

PENALIZACIÓN DEL “ABORTO FARMACOLÓGICO”

Se han presentado en la Cámara de Diputados de la Nación, varios proyectos de ley penalizando el “aborto farmacológico”, es decir, el aborto producido por medios químicos o mecánicos (DIU), en los primeros días de la concepción del nuevo ser humano.

La diputados nacionales Fernanda Ferrero (Recrear, Ciudad de Buenos Aires) y  Antonio Ubaldo Rattin y Miguel Jobé (Unión Federalista, Pcia. de Bs. As.), presentaron el proyecto que reforma el art. 88 del Código Penal incorporando al aborto farmacológico entre los delitos contra la vida de las personas por nacer. (Exp. 3956-D-03).

Por su parte los diputados nacionales Roberto Lix Klett y Ricardo Bussi (FR, Tucumán), proponen la reforma del art. 86 del Código Penal incorporando el art. 86 bis sobre el delito de aborto farmacológico, (Exp. 3879-D-03).

El diputado Carlos Alberto Castellani (UCeDe,Sta.Fe) también impulsa la reforma del Código Penal incorporando, para penalizar el aborto inducido por fármacos, el art. 85 bis, (Exp. 4260-D-2003).

Todos los proyectos contemplan penas agravadas para los que fabricaren, distribuyeren, comercializaren, prescribieren o vendieren especialidades medicinales con efectos abortivos o antiimplantatorios y/o cooperaren de algún modo en esos hechos. La pena de los directores técnicos farmacéuticos o bioquímicos intervinientes será agravada en un tercio. Cuando el autor o partícipe fuere funcionario público, además de la inhabilitación de matrícula profesional prevista, será inhabilitado de manera permanente para el ejercicio de cargos públicos.

Al fundamentar los proyectos los legisladores mencionan dos antecedentes jurídicos vinculados a la denominada “píldora del día después” y la comercialización de especialidades médicas de efectos abortivos: “uno de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ha prohibido la fabricación, distribución y venta del fármaco IMEDIAT de Laboratorios Gador, y otro de la Corte Suprema de Chile que también prohibió la fabricación, distribución y venta del fármaco ‘Postinal’”. Remarcando que ambos fármacos estaban elaborados sobre la base de la misma droga, el ‘Levonorgestrel’.

Señalan también que después que la C.S.J.N. prohibió la fabricación, distribución y venta de la “píldora del día después” IMEDIAT; laboratorios GADOR S.A., reemplazó el producto por el IMEDIAT N, cuya ingesta produce la “anticoncepción de emergencia”, -según refiere la página de Internet del laboratorio- y cuya droga –dicen- es levonorgestrel 0,75 mg., uno de los componentes que tenía el IMEDIAT. “Para que no existan dudas en el consumidor, ni tampoco en los profesionales médicos que prescriben este tipo de medicación abortiva –manifiestan los legisladores-, sólo le agregaron al nombre comercial prohibido una letra, N”. Esto -afirma Ferrero- "es una virtual burla a la justicia".

Explican que el nuevo fármaco “causa una fase lútea ausente o inadecuada con desincronización en la maduración del endometrio. Significa que podrá deshacerse del embrión humano, antes de que logre afirmarse al endometrio, porque estas pastillas lo desprenden a modo de menstruación y/o hemorragia, y finalmente el ser humano no encuentra el hábitat ideal para cumplir su ciclo de crecimiento hasta el momento del parto, y de esa forma muere”.

Mencionan también que estos productos y otros de características similares, “no actúan de manera inocua” y que existen registros hospitalarios con casos de mujeres atendidas por complicaciones. De allí que adviertan que “hay un doble atentado contra la vida humana: contra el por nacer y contra su madre”.

Instan “a cubrir el vacío legal, que no prevé la incriminación de conductas criminales como las descriptas”, reafirmando la supremacía del derecho a la vida, sin el cual “otros derechos humanos, no tendrían razón de ser” y destacando que la vida debe ser respetada “desde su inicio, es decir, desde la fecundación”.

“Por eso –dirán finalmente- resulta necesario, para despejar toda duda acerca de la ilicitud de conductas que hoy día se están poniendo en práctica, describir y tipificar nuevos tipos penales, como el que proponemos, que incrimina la destrucción de vidas humanas por nacer, al amparo de especialidades medicinales”.

Otros proyectos

Sumándose a la reacción parlamentaria que han suscitado recientes ataques a la vida y la familia (Vid. Notivida 149, 154, 159, 161), el diputado nacional Carlos Alberto Castellani, presentó, además, los siguientes proyectos de resolución:

4083-D-2003, 29/8/03: Pedido de informes al Poder Ejecutivo sobre fármacos anticonceptivos que circulan con prospecto adulterado.

4102-D-2003, 1/9/03: Expresión de contrariedad y preocupación por la firma del decreto 1282/03, sobre reglamentación de la ley 25.673, de Salud sexual y procreación responsable.

4103-D-2003, 1/9/03: Expresión de preocupación por la sanción de la ley provincial nº 2431 de la provincia del Neuquén, que incluye la esterilización definitiva entre los métodos anticonceptivos autorizados. 

4104-D-2003, 1/9/03: Pedido de informes al Poder Ejecutivo sobre la  especialidad medicinal Imediat N, de laboratorios Gador S.A., que contiene la droga levonorgestrel 0,75 mg. FIN

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NOTIVIDA, Año III, nº 168, 10 de septiembre de 2003

Editores: Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río

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